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La Comisión Europea inicia una investigación sobre Shein en virtud de la Ley de Servicios Digitales

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La Comisión ha incoado (17/02/2026) procedimientos formales contra Shein, en virtud de la Ley de Servicios Digitales, por su diseño adictivo, la falta de transparencia de los sistemas de recomendación y la venta de productos ilegales, incluido material de abuso sexual de menores. 

Más concretamente, la investigación se centrará en las siguientes áreas:

  • Los sistemas de que dispone Shein para limitar la venta de productos ilegales en la Unión Europea, incluido el contenido que podría constituir material de abuso sexual de menores, como las muñecas sexuales infantiles.
  • Los riesgos relacionados con el diseño adictivo del servicio, incluida la concesión de puntos o recompensas a los consumidores por su compromiso, así como los sistemas de que dispone Shein para mitigar dichos riesgos. Las características adictivas podrían tener un impacto negativo en el bienestar de los usuarios y la protección de los consumidores en línea.  
  • La transparencia de los sistemas de recomendación que Shein utiliza para proponer contenidos y productos a los usuarios. Según la DSA, Shein debe revelar los principales parámetros utilizados en sus sistemas de recomendación y debe proporcionar a los usuarios al menos una opción de fácil acceso que no se base en la elaboración de perfiles para cada sistema de recomendación.

La Comisión llevará a cabo ahora una investigación en profundidad con carácter prioritario. La apertura de un procedimiento formal no prejuzga el resultado.

Coimisiún na Meán, coordinador de servicios digitales para Irlanda, también estará asociado a la investigación de la Comisión como coordinador nacional de servicios digitales en el país de establecimiento de Shein en la UE.

Próximos pasos

Tras la incoación formal del procedimiento, la Comisión seguirá reuniendo pruebas, por ejemplo, enviando solicitudes adicionales de información a Shein o a terceros o llevando a cabo acciones de seguimiento o entrevistas.

La incoación de un procedimiento formal faculta a la Comisión para adoptar nuevas medidas de ejecución, incluidas medidas provisionales o la adopción de una decisión de incumplimiento. La Comisión también está facultada para aceptar los compromisos asumidos por Shein para remediar las cuestiones objeto del procedimiento.

La Ley de Servicios Digitales no establece ningún plazo legal para poner fin a los procedimientos formales. La duración de una investigación en profundidad depende de varios factores, incluida la complejidad del caso, la medida en que la empresa en cuestión coopera con la Comisión y el ejercicio de los derechos de defensa. Además, la incoación de un procedimiento formal no prejuzga su resultado ni ningún otro procedimiento que la Comisión pueda decidir incoar en virtud de otros artículos de la Ley de Servicios Digitales.

Antecedentes

La decisión de hoy sigue a los análisis preliminares de los informes de evaluación de riesgos proporcionados por Shein, las respuestas a las solicitudes formales de información de la Comisión, así como la información compartida por terceros.

La Comisión envió tres solicitudes de información a Shein el 28 de junio de 2024, el 6 de febrero de 2025 y el 26 de noviembre de 2025 para obtener más información sobre el cumplimiento de la Ley de Servicios Digitales por parte de la empresa, en particular en relación con la protección de los consumidores y los menores, y sobre la transparencia de sus sistemas de recomendación.

Los procedimientos formales en virtud de la Ley de Servicios Digitales se entienden sin perjuicio y complementan la acción coordinada en curso en relación con el cumplimiento por parte de Shein de sus obligaciones en virtud del Derecho de los consumidores, dirigida por la Red de Cooperación en materia de Protección de los Consumidores (CPC) de las autoridades nacionales de protección de los consumidores y las medidas de ejecución a nivel nacional. Del mismo modo, los procedimientos formales en virtud de la Ley de Servicios Digitales se entienden sin perjuicio de las acciones y medidas de las autoridades de vigilancia del mercado relativas a la aplicación del Reglamento sobre la seguridad general de los productos, incluido el seguimiento del primer barrido de seguridad de los productos centrado en los artículos de puericultura realizado en 2025.

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