La Comisión se congratula del acuerdo definitivo alcanzado (08/11/2023) por el Parlamento Europeo y el Consejo de la UE en el último diálogo tripartito sobre el Reglamento por el que se establecen las carteras europeas de identidad digital.
Así concluyen los trabajos de los colegisladores relativos a la aplicación de los resultados del acuerdo político provisional alcanzado el 29 de junio de 2023 sobre un marco jurídico para una identidad digital de la UE, el primer marco de identidad digital fiable y segura para todos los europeos.
Este acuerdo supone un paso importante hacia la consecución de los objetivos de la Década Digital 2030 en materia de digitalización de los servicios públicos. Todos los ciudadanos de la UE podrán disponer de una cartera de identidad digital de la UE que les permitirá acceder a los servicios en línea públicos y privados en toda Europa con plena seguridad y protección de sus datos personales.
Además de los servicios públicos, las plataformas en línea de muy gran tamaño designadas en virtud de la Ley de Servicios Digitales (como Amazon, Booking.com o Facebook), así como los servicios privados que estén obligados por ley a autenticar a sus usuarios, también tendrán que aceptar la cartera de identidad digital de la UE para el acceso a sus servicios en línea. Asimismo, debido a las características de las carteras y a sus especificaciones comunes, a todos los proveedores de servicios les interesará aceptarlas para prestar sus servicios, lo que creará nuevas oportunidades de negocio. La cartera también facilitará el cumplimiento de diversos requisitos normativos por parte de los prestadores de servicios.
Además de permitir a los usuarios almacenar de forma segura su identidad digital, la cartera les permitirá abrir cuentas bancarias, efectuar pagos y conservar documentos digitales, como un permiso de conducción móvil, una receta médica, un certificado profesional o un billete de viaje. La cartera ofrecerá una alternativa práctica y de fácil uso a la identificación electrónica garantizada por el Derecho de la UE. La cartera respetará plenamente la decisión del usuario de compartir o no datos personales, ofrecerá el máximo grado de seguridad certificado de manera independiente utilizando normas idénticas, y las partes pertinentes de su código se publicarán en código abierto para excluir cualquier posibilidad de uso indebido, seguimiento ilegal, rastreo o interceptación gubernamental.
Los debates legislativos han reforzado los objetivos del Reglamento en una serie de ámbitos importantes para los ciudadanos. La cartera contendrá un panel con todas las transacciones accesibles por su titular, ofrecerá la posibilidad de denunciar presuntas violaciones de la protección de datos y permitirá la interacción entre carteras. Además, los ciudadanos podrán utilizar sus sistemas nacionales de identificación electrónica existentes para instalar la cartera y podrán beneficiarse de firmas electrónicas gratuitas para un uso no profesional.
Próximas etapas
El acuerdo alcanzado por los colegisladores depende ahora de la aprobación formal del Parlamento Europeo y del Consejo. Una vez adoptado formalmente, el Marco para una Identidad Digital Europea entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial.
Los Estados miembros tendrán que facilitar carteras de identidad digital de la UE a sus ciudadanos veinticuatro meses después de la adopción de actos de ejecución que establezcan las especificaciones técnicas de la cartera de identidad digital de la UE, así como las especificaciones técnicas de certificación. Estos actos de ejecución, que se adoptarán seis y doce meses después de la adopción del Reglamento, se basarán en las especificaciones desarrolladas como parte del conjunto de herramientas para la identidad digital de la UE, y establecerán condiciones armonizadas para la implantación de las carteras en toda Europa.
Contexto
El Programa Estratégico de la Década Digital para 2030 establece los objetivos de Europa en materia de transformación digital de aquí a 2030. De acuerdo con los objetivos de la Década Digital, de aquí a 2030, todos los servicios públicos clave deberán estar disponibles en línea, todos los ciudadanos deberán poder acceder a sus historiales médicos en línea y tener también acceso a una identificación electrónica segura que salvaguarde su derecho a la intimidad.
La cartera de identidad digital de la UE se basa en el marco jurídico transfronterizo vigente en materia de identidades digitales de confianza: la iniciativa europea de identificación electrónica y servicios de confianza (Reglamento eIDAS). Este Reglamento, adoptado en 2014, sienta las bases de la identificación electrónica transfronteriza, la autenticación y la certificación en sitios web de la UE.
La propuesta de la Comisión de un marco mejorado, sobre la que los colegisladores han alcanzado hoy un acuerdo definitivo, mejorará su efectividad y ampliará las ventajas de una identidad digital segura y cómoda al sector privado y a los usos móviles.
Cuatro proyectos piloto a gran escala, que invierten más de 90 millones EUR, de los cuales 46 millones EUR están cofinanciados por la Comisión con cargo al programa Europa Digital, han empezado a poner a prueba la cartera de identidad digital de la UE en una serie de supuestos de uso cotidiano, por ejemplo, el permiso de conducción móvil, la sanidad electrónica, los pagos digitales y las cualificaciones académicas y profesionales. Los proyectos piloto se pusieron en marcha el 1 de abril de 2023 y contribuirán a mejorar las especificaciones técnicas de la cartera.
Más información
- Identidad digital europea: preguntas y respuestas
- Acuerdo político provisional sobre la cartera de identidad digital de la UE
- Propuesta de Reglamento sobre la identidad digital europea
- Recomendación sobre la identidad digital europea
- Web de eIDAS
- Informe sobre la evaluación del Reglamento eIDAS
- Arquitectura y marco de referencia (Github)
- Comunicado de prensa IP/23/5651