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COVID-19: Orientaciones de la Comisión sobre los derechos de los pasajeros de la Unión Europea

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En el esfuerzo por mitigar los efectos económicos de la pandemia del COVID-19, la Comisión ha publicado hoy sus directrices para garantizar que los derechos de los pasajeros de la UE se apliquen de manera coherente en toda la UE.

Los gobiernos nacionales están aplicando diversas medidas, entre las que se encuentran las restricciones de desplazamientos y los controles fronterizos. El objetivo de estas directrices es garantizar a los pasajeros que sus derechos están protegidos.

La comisaria de Transportes, Adina Vălean, ha declarado: «Ante las cancelaciones masivas y los retrasos sufridos por los pasajeros y los operadores de transporte debido a la pandemia de COVID-19, la Comisión quiere ofrecer seguridad jurídica sobre cómo aplicar los derechos de los pasajeros de la UE. En caso de cancelaciones, el proveedor de transporte debe reembolsar el importe a los pasajeros u ofrecerle otros billetes. Si son los propios viajeros quienes deciden cancelar su viaje, el reembolso del billete dependerá de su tipo y las empresas podrán ofrecer bonos para su uso posterior. Las directrices de hoy proporcionan una seguridad jurídica muy necesaria sobre cómo aplicar de manera coordinada los derechos de los pasajeros de la UE en toda la Unión Europea. Seguimos evaluando la rápida evolución de la situación y, en caso necesario, adoptaremos más medidas

Estas orientaciones servirán de ayuda a los pasajeros, a la industria y a las autoridades nacionales en esta situación sin precedentes, que está haciendo que los gobiernos nacionales estén aplicando importantes restricciones a los viajes de pasajeros y está provocando repercusiones en cadena que afectan a los servicios de transporte de toda la UE. Al aportar claridad, se espera que las directrices contribuyan también a reducir los costes para el sector del transporte, muy afectado por la epidemia. Las directrices se aplican a los derechos de los pasajeros que viajan en avión, tren, barco o autobús, así como al tráfico por vías navegables interiores, y establecen las correspondientes obligaciones de los transportistas.

Por ejemplo, si los viajeros han de hacer frente a la cancelación de su viaje, podrán en elegir entre el reembolso del precio del billete o un transporte alternativo para llegar a su destino final en una fase posterior. Al mismo tiempo, las directrices aclaran que las circunstancias actuales son «extraordinarias», con la consecuencia de que determinados derechos —como la indemnización en caso de cancelación de un vuelo menos de dos semanas antes de la fecha de salida— pueden no ser aplicables

Antecedentes

La UE es la única zona del mundo en la que los ciudadanos están protegidos por un conjunto de normas que regulan los derechos de los pasajeros, tanto si viajan en avión como en tren, barco o autobús. Los transportistas han de reembolsar los billetes u ofrecer un transporte alternativo a los pasajeros cuyo viaje haya sido cancelado. Además, deberán ofrecerles asistencia en lo que respecta a comidas y alojamiento. En cuanto a la compensación económica, las normas difieren según el modo de transporte.

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Fuente: Comunicado de prensa IP/20/485


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