La Comisión acoge con satisfacción el acuerdo político («orientación general») alcanzado por los ministros de Hacienda de la UE sobre una nueva normativa en materia de transparencia fiscal aplicable a todos los proveedores de servicios que facilitan transacciones en criptoactivos para clientes residentes en la UE.
Basadas en una propuesta de la Comisión, las nuevas normas completan el Reglamento relativo a los mercados de criptoactivos y el Reglamento relativo a la transferencia de fondos, y son plenamente coherentes con la iniciativa sobre el Marco de Información sobre Criptoactivos de la OCDE.
La equidad y la eficiencia tributarias son fundamentales para garantizar la existencia de ingresos suficientes para la inversión y servicios públicos, al tiempo que crean un entorno empresarial en el que pueda prosperar la innovación. Sin embargo, las autoridades tributarias carecen actualmente de la información necesaria para controlar los beneficios obtenidos mediante la utilización de criptoactivos, los cuales se negocian fácilmente a través de las fronteras. Esta situación limita su capacidad para garantizar el pago efectivo de impuestos, lo que significa que los ciudadanos europeos pierden considerables ingresos fiscales.
La Directiva mejorará la capacidad de los Estados miembros para detectar y contrarrestar el fraude, la evasión y la elusión fiscales por cuanto exigirá a todos los proveedores de criptoactivos establecidos en la UE, independientemente de su tamaño, que comuniquen las transacciones de los clientes residentes en la UE. Además, se ha ampliado el ámbito de aplicación de la Directiva actualizada para incluir las obligaciones de notificación de las entidades financieras en relación con el dinero electrónico y las monedas digitales de banco central, así como el intercambio automático de información sobre los acuerdos previos con efecto transfronterizo utilizados por personas físicas.
Los nuevos requisitos de notificación sobre los criptoactivos, el dinero electrónico y las monedas digitales de banco central entrarán en vigor el 1 de enero de 2026. La adopción definitiva de la nueva normativa será posible cuando el Parlamento Europeo haya emitido su dictamen consultivo.