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Alcanzado el acuerdo político para reforzar la protección de los alimentos y bebidas de alta calidad

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La Comisión Europea se congratula del acuerdo político alcanzado (24/10/2023) por el Parlamento Europeo y el Consejo para revisar y reforzar el sistema de indicaciones geográficas (IG) de los vinos, las bebidas espirituosas y los productos agrícolas.

El nuevo Reglamento aumentará la aceptación de las indicaciones geográficas en toda la Unión y ofrecerá un mayor nivel de protección, especialmente en línea. Esto contribuirá a seguir fomentando la alta calidad y los rigurosos estándares alimentarios de la UE y a velar por que nuestro patrimonio cultural, gastronómico y local se conserve y certifique como auténtico en la UE y en todo el mundo.

El nuevo Reglamento sobre las indicaciones geográficas de vinos, bebidas espirituosas y productos agrícolas de la UE reforzará y mejorará el actual sistema de indicaciones geográficas:

  • Introducción de un marco jurídico único y un procedimiento de registro abreviado y simplificado: Se fusionan diferentes normas sobre los procedimientos y la protección de las IG para los tres sectores (alimentos, vino y bebidas espirituosas), lo que se traducirá en un único procedimiento simplificado de registro de IG para los solicitantes de la UE y de terceros países. Se espera que este marco jurídico más sencillo, con plazos de registro más breves, aumente el atractivo de los regímenes para los productores, especialmente en los países con menos indicaciones geográficas.
  • Mayor protección de las indicaciones geográficas como ingredientes y en línea: Las nuevas normas aumentarán la protección de las indicaciones geográficas utilizadas como ingrediente en un producto transformado y de los productos con IG vendidos en línea. El nuevo Reglamento también protegerá los nombres de IG en el sistema de nombres de dominio, obligando a los Estados miembros a bloquear en su territorio los nombres de dominio que puedan estar infringiendo un nombre de IG.
  • Reconocimiento de prácticas sostenibles: Los productores podrán sacar partido de sus iniciativas de sostenibilidad medioambiental, económica o social, por ejemplo, en materia de bienestar animal. El texto acordado por los colegisladores enumera una lista no exhaustiva de prácticas de sostenibilidad como incentivo a los productores. Esto contribuirá a proteger mejor los recursos naturales y las economías rurales gracias a la defensa de las variedades vegetales y las razas animales locales, la preservación del paisaje de la zona de producción y la mejora del bienestar animal. Un grupo de productores podrá decidir hacer obligatorias algunas prácticas sostenibles para sus productos. En este caso, deberán incluirse en el pliego de condiciones. De forma voluntaria, los productores también podrán elaborar un informe de sostenibilidad que publicará la Comisión Europea.
  • Empoderamiento de las agrupaciones de productores: Las nuevas medidas establecerán un sistema voluntario de agrupaciones de productores de IG reconocidas que crearán los Estados miembros. Para aumentar el atractivo del sistema, estos grupos estarán facultados para gestionar, hacer cumplir y fomentar sus indicaciones geográficas a fin de reforzar su posición en la cadena de valor.

La observancia de las indicaciones geográficas sigue siendo responsabilidad de los Estados miembros. Esa observancia abarca el control del uso adecuado de los términos registrados y la lucha contra la producción, la venta y el uso fraudulentos de indicaciones geográficas. La Comisión seguirá siendo responsable del registro, la modificación y la cancelación de todas las inscripciones en el registro. El acuerdo político alcanzado por el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión está ahora sujeto a la aprobación formal de los colegisladores.

Contexto

Las indicaciones geográficas protegen contra la copia o el fraude los nombres de productos de regiones específicas y con características, cualidades o reputación específicas, y certifican que se han elaborado de acuerdo con normas estrictas en su región de origen. El estudio más reciente sobre las indicaciones geográficas ha constatado que el valor de venta de un producto con denominación protegida es, por término medio, el doble del de productos similares sin certificación. Además de dar valor a los conocimientos culinarios de la UE, las indicaciones geográficas reportan claros beneficios a la economía rural.

Una evaluación publicada en diciembre de 2021 puso de manifiesto que la normativa vigente es eficaz y aporta un claro valor añadido desde el punto de vista de la UE. Sin embargo, también indicó algunas limitaciones, por ejemplo, la complejidad de las estructuras jurídicas y los largos procedimientos de registro, la posición de los productores en la cadena de valor y el escaso control del cumplimiento de las normas. También señaló la conveniencia de integrar en mayor medida la sostenibilidad medioambiental y el bienestar de los animales.

La propuesta de la Comisión de un Reglamento relativo a las indicaciones geográficas de vinos, bebidas espirituosas y productos agrícolas de la UE se adoptó el 31 de marzo de 2022, tras un amplio proceso de consulta. En octubre de 2020 se publicó una evaluación inicial de impacto, seguida de una consulta pública, así como de consultas específicas con los Estados miembros y las organizaciones pertinentes en este ámbito.

A 1 de octubre de 2023 se habían registrado 3 552 nombres: 1 656 de vinos, 1 634 de alimentos y productos alimenticios agrarios y 262 de bebidas espirituosas. En febrero de 2023, la Comisión registró la 3 500.ª indicación geográfica. Entre las indicaciones geográficas famosas protegidas figuran, por ejemplo, Bayerisches Bier, Champagne, Irish Whiskey, aceitunas Kalamata, Parmigiano Reggiano, Polish Vodka, Queso Manchego y Roquefort. Los nombres de productos registrados como IG están legalmente protegidos contra la imitación, el uso indebido y la evocación en la UE y en países terceros con los que se haya firmado un acuerdo específico de protección. El Acta de Ginebra sobre las indicaciones geográficas constituye una norma complementaria de carácter multilateral en materia de protección.

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