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La Comisión Europea pide a los Estados miembros que intensifiquen la cooperación del espacio Schengen

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La Comisión ha adoptado (23/11/2023) una Recomendación sobre una mayor cooperación entre los Estados miembros del espacio Schengen. Va acompañada de un informe sobre las consultas del coordinador Schengen a los Estados miembros relacionadas con los controles de larga duración en las fronteras interiores.

Entre mayo y noviembre de 2023 se realizó un procedimiento formal de consulta con los Estados miembros que habían restablecido los controles fronterizos, así como con los Estados miembros afectados por tales controles.

Schengen es el espacio sin controles en las fronteras interiores que sustenta la libertad de circulación de más de 425 millones de ciudadanos de la UE, junto con los nacionales de terceros países que viven en la UE o la visitan. El restablecimiento de los controles fronterizos debe seguir siendo excepcional, estar estrictamente limitado en el tiempo y ser una medida de último recurso si se ha probado la existencia de una amenaza grave para el orden público o la seguridad interior. Debe garantizarse la libre circulación de personas, bienes y servicios en el espacio Schengen. Como se indica en el informe sobre el estado de Schengen de 2023, es necesario intensificar la cooperación para garantizar la seguridad e ir suprimiendo los controles fronterizos duraderos. 

La Recomendación de hoy promueve el uso de medidas alternativas a los controles en las fronteras interiores, y una mayor cooperación e intercambio de información en caso de restablecimiento de dichos controles en ocho ámbitos:

  • Cooperación estructurada a todos los niveles: Los Estados miembros deben crear puntos de contacto permanentes para garantizar una respuesta coordinada a las amenazas graves para el orden público o la seguridad interior, incluido el tráfico de drogas, que se ajuste a la magnitud de los retos y necesidades.
  • Refuerzo de la capacidad de adopción de medidas conjuntas: Los Estados miembros deben revisar y, en su caso, ajustar sus marcos bilaterales para justificar la cooperación policial transfronteriza. También deben realizar análisis conjuntos de riesgos y aportar recursos suficientes a las patrullas conjuntas.
  • Cooperación policial: Los Estados miembros deben garantizar la aplicación de la Recomendación del Consejo relativa a la cooperación policial operativa de junio de 2022 a fin de mejorar esa cooperación en las fronteras interiores. También deben adoptar las mejores prácticas en materia de cooperación policial operativa que existen en otros Estados miembros y utilizar la financiación de la UE al efecto.
  • Intensificación de las medidas de lucha contra el tráfico ilícito de migrantes: Los Estados miembros deben adoptar medidas coordinadas y colaborar con Europol, Eurojust y Frontex para intensificar la lucha contra el tráfico ilícito de migrantes, y también a fin de reducir los desplazamientos secundarios no autorizados dentro de la UE.
  • Pleno uso de los instrumentos existentes en materia de retornos para hacer frente a los desplazamientos secundarios: La Comisión fomenta el pleno uso de los acuerdos bilaterales de readmisión entre los Estados miembros y los socios internacionales. Un mayor uso del reconocimiento mutuo de las decisiones de retorno también es fundamental para acelerar los retornos, en consonancia con la Recomendación de la Comisión de marzo de 2023.
  • Lucha contra los desplazamientos secundarios: Los Estados miembros confrontados con desplazamientos secundarios deben, en primer lugar, intensificar los controles policiales en las zonas fronterizas interiores; cualquier decisión de restablecer los controles en las fronteras interiores a este respecto debe ir acompañada de medidas paliativas y ser objeto de revisión permanente.
  • Refuerzo de las medidas conjuntas para combatir el terrorismo transnacional y la delincuencia organizada: Los Estados miembros deben garantizar la aplicación de la Directiva relativa al intercambio de información para luchar contra el terrorismo transfronterizo y la delincuencia organizada. Esta establece normas comunes sobre el intercambio de información entre las fuerzas y cuerpos de seguridad de los Estados miembros, y debe transponerse a su legislación nacional a más tardar el 12 de diciembre de 2024.
  • Medidas para paliar la introducción de controles en las fronteras interiores: Los Estados miembros deben limitar el uso de controles sistemáticos en las fronteras interiores a situaciones excepcionales, dando preferencia a los controles móviles en el territorio y mejorando el uso de las tecnologías modernas. Los Estados miembros deben limitar los efectos en la fluidez del tráfico y velar por la disponibilidad de conexiones de transporte transfronterizas.

Próximas etapas

El coordinador Schengen seguirá asistiendo a los Estados miembros y colaborando con ellos, y sería importante que estos cooperasen estrechamente en la aplicación de este Recomendación.

El coordinador Schengen también informará periódicamente sobre este asunto ante el Consejo Schengen.

Antecedentes

Esta Recomendación toma como punto de partida la Recomendación de la Comisión sobre los controles policiales y la cooperación policial transfronteriza de 2017. También recoge la jurisprudencia reciente del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre las amenazas a la seguridad sin volver a los controles en las fronteras interiores. A la Recomendación se adjunta un documento de trabajo de los servicios de la Comisión que refleja el proceso formal de consulta con los Estados miembros anunciado en el informe sobre el estado de Schengen de 16 de mayo de 2023. En la consulta participaron Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, Eslovenia, España, Francia, Hungría, Italia, Luxemburgo, Noruega, Suecia y Suiza.

Para prevenir los desplazamientos secundarios e intensificar la cooperación de los Estados miembros en la gestión de la migración, la Comisión también ha presentado hoy otro documento de trabajo de los servicios de la Comisión titulado «Dublin Roadmap in action» (hoja de ruta de Dublín en acción), en el que se describen las mejores prácticas de los Estados miembros en la aplicación del Reglamento Dublín III. Este Reglamento determina el Estado miembro responsable de examinar las solicitudes de asilo. Estas mejores prácticas se basan en la hoja de ruta de Dublín, aprobada por los Estados miembros en noviembre de 2022. El informe establece medidas prácticas destinadas a facilitar traslados oportunos y efectivos de los solicitantes de asilo a todos los Estados miembros y reducir así los desplazamientos secundarios no autorizados.

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