La Comisión ha firmado (05/09/2024), en nombre de la UE, el Convenio Marco del Consejo de Europa sobre Inteligencia Artificial (IA). El Convenio es el primer acuerdo internacional jurídicamente vinculante en materia de IA y está plenamente en consonancia con la Ley de IA de la UE, la primera normativa global sobre IA en el mundo.
El Convenio establece un enfoque común para garantizar que los sistemas de IA sean compatibles con los derechos humanos, la democracia y el Estado de Derecho, permitiendo al mismo tiempo la innovación y la confianza. Incluye una serie de conceptos clave de la Ley de IA de la UE, como el enfoque basado en el riesgo, la transparencia a lo largo de la cadena de valor de los sistemas de IA y los contenidos generados por IA, las obligaciones detalladas de documentación para los sistemas de IA considerados de alto riesgo y las obligaciones de gestión de riesgos, con la posibilidad de introducir prohibiciones para los sistemas de IA considerados una clara amenaza para los derechos fundamentales.
La firma tuvo lugar en la conferencia informal de ministros de Justicia del Consejo de Europa en Vilna (Lituania). Entre las partes negociadoras figuraban la UE, otros Estados miembros del Consejo de Europa, la Santa Sede, Estados Unidos, Canadá, México, Japón, Israel, Australia, Argentina, Perú, Uruguay y Costa Rica. Las aportaciones de 68 representantes internacionales de la sociedad civil, el mundo académico, la industria y otras organizaciones internacionales también garantizaron un enfoque global e inclusivo. El Convenio del Consejo de Europa firmado hoy es también el resultado de los esfuerzos más amplios desplegados por la UE en materia de IA a escala internacional, que incluyen debates en el G-7, la OCDE, el G-20 y las Naciones Unidas.
El Convenio se aplicará en la UE a través de la Ley de IA, que establece normas armonizadas para la introducción en el mercado, la implantación y el uso de sistemas de IA, junto con otras legislaciones pertinentes de la UE cuando sea necesario.
Tras la firma, la Comisión preparará una propuesta de Decisión del Consejo relativa a la celebración del Convenio. El Parlamento Europeo también debe dar su aprobación.