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La Comisión propone la exención de visado para los británicos si existe reciprocidad por parte del Reino Unido

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La Comisión Europea ha propuesto que se conceda a los ciudadanos del Reino Unido la posibilidad de viajar sin visado a la UE tras la retirada del Reino Unido de la Unión Europea.

Ello implicaría que los ciudadanos del Reino Unido no necesitarían un visado para viajar al espacio Schengen para estancias de corta duración de hasta 90 días dentro de cualquier período de 180 días. En el supuesto de que el Reino Unido se retirara de la Unión sin un acuerdo, esto sería aplicable a partir del 30 de marzo de 2019. Si se alcanzara un acuerdo, se aplicaría a partir de la expiración del período de transición, tal como se indica en el acuerdo de retirada. Esta propuesta obedece al compromiso permanente de la Comisión con el principio de que los derechos de los ciudadanos deben ser prioritarios en las negociaciones sobre la retirada del Reino Unido de la UE.

También depende enteramente de que el Reino Unido también conceda la exención recíproca y no discriminatoria de visado para todos los Estados miembros de la UE, en consonancia con el principio de la reciprocidad de visados. El Gobierno del Reino Unido ha declarado su intención de no exigir visado a los ciudadanos de los Estados miembros de EU-27 para estancias breves con fines turísticos y de negocios. Las normas de la UE sobre los nacionales de terceros países que viajen a la UE, tales como el control en las fronteras, sería aplicable a los ciudadanos del Reino Unido una vez que ya no lo sean de la UE.

 La propuesta de hoy constituye una de las medidas de preparación necesarias como consecuencia de la retirada del Reino Unido de la Unión Europea, y es independiente de las negociaciones en curso sobre su retirada ordenada.

Próximas etapas

La propuesta de la Comisión está ahora pendiente de aprobación por el Parlamento Europeo y el Consejo. La Comisión insta a ambas instituciones a avanzar rápidamente con esta propuesta, de forma que pueda ser adoptada con tiempo suficiente antes del 30 de marzo de 2019.

Contexto

El 29 de marzo de 2017, el Reino Unido notificó al Consejo Europeo su intención de retirarse de la Unión con arreglo al artículo 50 del Tratado de la Unión Europea. Esto significa que, salvo que un acuerdo de retirada ratificado fije otra fecha, todo el Derecho primario y el Derecho derivado de la Unión dejarán de aplicarse al Reino Unido a partir del 30 de marzo de 2019 a las 00.00 horas CET («la fecha de retirada»). El Reino Unido se convertirá entonces en un «tercer país».

La UE tiene una política común de visados para estancias de corta duración en el espacio Schengen, que incluye sendas listas comunes de países cuyos ciudadanos deben disponer de visado para cruzar las fronteras exteriores y de países cuyos nacionales están exentos de esa obligación. Estas listas se establecen en el Reglamento n.º 539/2001 y sus modificaciones sucesivas.

Para los nacionales del Reino Unido, una vez el Derecho de la Unión deje de aplicarse al Reino Unido, viajar sin visado será posible en los 22 países de la UE que son miembros del espacio Schengen y en los 4 Estados asociados (Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza). Se aplicará también a Rumanía, Bulgaria, Croacia y Chipre, que aún no son miembros de pleno derecho del espacio Schengen.

La propuesta de hoy se refiere a los nacionales del Reino Unido que son ciudadanos británicos. En virtud de la legislación del Reino Unido, existen seis categorías de nacionales británicos y los ciudadanos británicos constituyen una de ellas. Las otras cinco categorías, a saber, British nationals (Overseas) [nacionales británicos (ultramar)], British overseas territories citizens (ciudadadanos británicos de los territorios británicos de ultramar), British overseas citizens (ciudadanos británicos de ultramar), British protected persons (personas bajo protección británica) y British subjects (súbditos británicos), no son ciudadanos británicos, pero ya se acogen a la exención de visado para viajar al espacio Schengen y seguirán haciéndolo. Los nacionales británicos residentes en Gibraltar seguirán pudiendo entrar en el espacio Schengen sin necesidad de visado.

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