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La Comisión aprueba un régimen español de 680 millones para el despliegue de redes 5G en zonas rurales

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La Comisión Europea ha aprobado, con arreglo a las normas sobre ayudas estatales de la UE, un régimen español por valor de 680 millones de euros puesto a disposición a través del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) para el despliegue de equipos e infraestructuras de redes autónomas 5G de alto rendimiento en zonas rurales insuficientemente atendidas.

El régimen de ayudas forma parte de la estrategia de España para satisfacer las necesidades de los ciudadanos y las empresas en el contexto de la digitalización del país. También contribuye a los objetivos estratégicos de la UE en relación con la transición digital.

Las ayudas españolas

El régimen de ayudas se financiará en su totalidad a través del MRR, tras la evaluación positiva por parte de la Comisión del Plan de Recuperación y Resiliencia (PRR) español y su adopción por el Consejo. El PRR español contempla importantes proyectos de inversión en el sector de las telecomunicaciones electrónicas, como el despliegue de redes móviles de alto rendimiento.

El régimen tiene por objeto garantizar una amplia disponibilidad de redes de alto rendimiento, que presten a los usuarios finales en zonas insuficientemente atendidas servicios de acceso a unas comunicaciones electrónicas fiables y de alta calidad que satisfagan sus necesidades actuales y futuras. Las nuevas redes autónomas 5G apoyarán servicios innovadores con tecnología 5G en zonas rurales, en ámbitos tales como la salud digital, la agricultura inteligente, la industria digitalizada, la conducción autónoma o los servicios basados en la nube.

El régimen financiará la instalación de equipos e infraestructuras para el despliegue de redes autónomas 5G y la prestación de servicios autónomos de banda ancha móvil 5G, con velocidades de carga y descarga de al menos 100 Mbps y 5 Mbps, respectivamente. En las zonas españolas en cuestión la población es inferior a 10 000 habitantes y no hay inversiones actuales o previstas en redes 4G que ofrezcan velocidades de descarga de al menos 50 Mbps.

En virtud del régimen, las ayudas pueden concederse hasta el 31 de diciembre de 2025 y las redes móviles 5G deberán entrar en funcionamiento como muy tarde en febrero de 2026. Las ayudas adoptarán la forma de subvenciones directas a los operadores de comunicaciones electrónicas. Los beneficiarios se escogerán mediante un procedimiento de selección abierto, competitivo, transparente y no discriminatorio. El importe máximo de la ayuda por beneficiario equivaldrá al 90 % de los costes subvencionables.

Evaluación de la Comisión

La Comisión ha evaluado el régimen con arreglo a las normas sobre ayudas estatales de la UE, en particular el artículo 107, apartado 3, letra c), del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, que autoriza las ayudas estatales que faciliten el desarrollo de determinadas actividades económicas o de determinadas zonas económicas.

La Comisión ha tenido en cuenta lo siguiente:

  • El régimen de ayuda es necesario y proporcionado para subsanar una deficiencia del mercado, a saber, la ausencia, actual o prevista, de redes de comunicaciones móviles de alto rendimiento en regiones remotas y escasamente pobladas de España. La existencia de una deficiencia del mercado se ha verificado mediante ejercicios de cartografía y consulta pública llevados a cabo por las autoridades españolas.
  • El régimen tiene un efecto incentivador, ya que facilita el despliegue de equipos e infraestructuras que los operadores privados no han desplegado ni van a desplegar, debido principalmente a su elevado coste, que no se compensa con los ingresos previstos. También mejorará la disponibilidad de servicios autónomos de tecnología 5G innovadores y eficaces en las zonas a las que se destinan, lo que beneficiará a los consumidores, las empresas y el sector público, y contribuirá así a subsanar las desigualdades sociales o regionales.
  • El régimen cuenta con salvaguardias suficientes para garantizar que los falseamientos indebidos de la competencia sean limitados y que las ayudas no alteren las condiciones de los intercambios comerciales de forma contraria al interés común. En particular, los beneficiarios del régimen se escogerán mediante un procedimiento de selección competitivo abierto, transparente y no discriminatorio. Además, España promoverá la reutilización de las infraestructuras existentes. Por último, el régimen de ayudas fomenta la competencia al garantizar un acceso mayorista justo, abierto y no discriminatorio a las redes objeto de las ayudas.

Atendiendo a estas razones, la Comisión ha aprobado el régimen de ayudas español con arreglo a las normas correspondientes de la UE.

Contexto

Todas las inversiones y reformas que impliquen ayuda estatal contempladas en los planes nacionales de recuperación presentados en el marco del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) deben notificarse a la Comisión para su aprobación previa, a menos que estén cubiertas por una de las normas de exención por categorías de ayudas estatales.

La Comisión evalúa con carácter prioritario las medidas que implican ayudas públicas incluidas en los planes nacionales de recuperación que se presentaron a raíz del MRR, y ha ofrecido orientación y respaldo a los Estados miembros en las fases preparatorias de los planes nacionales para facilitar la rápida implantación de este Mecanismo. Al mismo tiempo, la Comisión se cerciora en su decisión de que se cumplan las normas sobre ayudas estatales de aplicación, a fin de preservar la igualdad de condiciones en el mercado único y garantizar que los fondos del MRR se utilicen de tal manera que queden reducidos al mínimo los falseamientos de la competencia y no quede excluida la inversión privada.

La conectividad mediante banda ancha reviste una importancia estratégica para el crecimiento y la innovación de Europa en todos los sectores de la economía y para la cohesión social y territorial. La medida notificada por España también contribuye a los objetivos estratégicos de la UE establecidos en la Comunicación sobre el gigabit, la Comunicación sobre la configuración del futuro digital de Europa, la Comunicación «Brújula Digital» y la propuesta de Decisión de la Comisión por la que se establece el programa de política «Itinerario hacia la Década Digital» de 2030.

El régimen aprobado hoy es la cuarta medida aprobada por la Comisión en el marco del Plan de Recuperación y Resiliencia español relativa a importantes proyectos de inversión en el sector de las telecomunicaciones electrónicas. El 14 de junio de 2021, la Comisión aprobó una prórroga de un régimen español de apoyo al acceso a servicios de banda ancha de alta velocidad en zonas insuficientemente atendidas (SA.62696). El 15 de diciembre de 2021, la Comisión aprobó un régimen de apoyo al despliegue de infraestructuras pasivas para redes móviles (SA.64394). El 17 de octubre de 2022, la Comisión aprobó un régimen de apoyo al despliegue de redes de retorno basadas en fibra (SA.103451).

Más información

La versión no confidencial de la decisión correspondiente se publicará con el número de asunto SA.104933 en el Registro de Ayudas Estatales del sitio web de Competencia de la Comisión, una vez que se hayan resuelto los posibles problemas de confidencialidad. Las últimas decisiones sobre ayudas estatales publicadas en el Diario Oficial y en internet se enumeran en las noticias semanales en línea sobre competencia.

Fuente


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