La Comisión Europea ha publicado el primer informe sobre la aplicación de las normas de competencia en el sector agrícola El informe pone de manifiesto que el trabajo de las autoridades europeas de competencia puede ayudar a los agricultores a obtener mejores condiciones y precios al vender sus productos a grandes compradores o cooperativas.
Margrethe Vestager, comisaria responsable de la política de competencia, ha declarado: «Este informe constituye una fuente de información esencial sobre el valioso trabajo que las autoridades europeas de competencia han venido efectuando en el sector agrícola, en particular protegiendo a los agricultores de comportamientos contrarios a la competencia y velando por que los agricultores y los consumidores puedan beneficiarse de un mercado interior plenamente abierto. Seguiremos colaborando con las autoridades nacionales de competencia».
Phil Hogan, comisario de Agricultura y Desarrollo Rural, ha declarado: «Reviste suma importancia, en un contexto político orientado hacia el mercado, el refuerzo de la posición de los agricultores en la cadena de suministro alimentario. Este informe pone de relieve las concomitancias entre el Derecho agrario y el Derecho de la competencia a la hora de conseguir resultados más justos y eficientes tanto para los operadores como para los consumidores. No olvidemos que los agricultores ocupan un lugar especial en lo que se refiere a la legislación en materia de competencia. Las organizaciones de productores reconocidas pueden ayudarlos a reforzar su posición en la cadena de suministro alimentario».
Las normas de competencia de la UE que prohíben los acuerdos relativos a la fijación de precios u otras condiciones comerciales o al reparto de mercados se aplican a la producción y a los intercambios comerciales de productos agrícolas. Sin embargo, el Reglamento sobre la organización común de mercados («Reglamento OCM») contiene excepciones a la aplicación de esas normas, que afectan a todos o a algunos sectores agrícolas o que se refieren a situaciones específicas.
El informe publicado hoy por la Comisión es el primero centrado específicamente en la aplicación de las normas de competencia de la UE al sector agrícola.
Sobre la base de las conclusiones extraídas del informe, la Comisión proseguirá su diálogo con las partes interesadas del sector agrícola, así como con los Estados miembros, el Parlamento Europeo y el Consejo, sobre las futuras opciones políticas relativas a la aplicación de las normas de competencia al sector agrícola. Asimismo, la Comisión intensificará su seguimiento del mercado, en particular en lo que respecta a los convenios colectivos que fragmentan el mercado interior.
Principales conclusiones del informe
Labor de las autoridades europeas de competencia
a) Investigaciones en el sector
Las autoridades europeas de competencia han llevado a cabo 178 investigaciones en el sector agrícola. Más de un tercio de ellas afectaba a transformadores de productos agrícolas, siendo los agricultores el mayor grupo único de denunciantes.
Casi la mitad de las infracciones de las normas de competencia descubiertas en las investigaciones se refería a acuerdos sobre los precios. Normalmente, se trataba de acuerdos entre transformadores competidores para fijar el precio al por mayor (por ejemplo, del azúcar y la harina), o entre transformadores y minoristas, para fijar el precio al por menor (por ejemplo, de los productos lácteos, la carne o el aceite de girasol). Otras infracciones se referían a acuerdos sobre la producción, el intercambio de información o el reparto de mercados.
El informe llega a la conclusión de que las actividades de control de las autoridades europeas de competencia habían beneficiado a los agricultores gracias a mejores ofertas para sus productos. En particular, el informe señala varios casos en los que las autoridades europeas de competencia pusieron fin e impusieron sanciones a prácticas empleadas por los grandes compradores para reducir los precios pagados a los agricultores. Además, la labor de las autoridades europeas de competencia también ha ayudado a los agricultores a mejorar sus condiciones con las cooperativas.
b) Protección del mercado interior
Una de las principales constataciones del informe es que algunos Estados miembros han intentado en ocasiones restringir las importaciones de determinados productos agrícolas procedentes de otros Estados miembros. Varias autoridades europeas de competencia han investigado y suspendido una serie de convenios colectivos, cuando, por ejemplo, los agricultores de un determinado Estado miembro intentan obstaculizar las ventas de agricultores de otros Estados miembros.
Estas actuaciones de las autoridades de competencia han ayudado tanto a los consumidores de los Estados miembros en los que las importaciones podrían haberse restringido, como a los agricultores de todos los demás Estados miembros que se habrían visto afectados por el intento de entorpecer las ventas transfronterizas.
c) Orientación y seguimiento
Las autoridades europeas de competencia han proporcionado orientación a los agricultores, a otros agentes económicos y a las Administraciones sobre la manera de interpretar y aplicar el Derecho de la competencia en el sector, por ejemplo, en relación con las iniciativas de sostenibilidad de los agricultores o la publicación de precios por parte de las organizaciones sectoriales. Las autoridades europeas de competencia también han hecho un seguimiento proactivo de la situación del sector y han llevado a cabo investigaciones sectoriales sobre el funcionamiento de la cadena de suministro, atendiendo en particular a cuestiones como la transmisión de precios en la cadena y el equilibrio del poder de negociación entre agricultores y otros niveles de la cadena.
Excepciones a las normas de competencia aplicables a las organizaciones de productores y las organizaciones interprofesionales
Las organizaciones de productores reconocidas y las organizaciones interprofesionales reconocidas pueden contribuir a reforzar la posición de los agricultores y a mejorar la eficiencia de la cadena alimentaria.
El reconocimiento de las organizaciones de productores por las autoridades nacionales se utiliza ampliamente en el sector de las frutas y hortalizas, en el que casi el 50 % de la producción es comercializada por las organizaciones de productores, aunque también en los sectores lácteo, cárnico, del aceite de oliva y de los cereales. Además, existen 128 organizaciones interprofesionales reconocidas en la UE, principalmente en Francia y España.
Instrumentos sectoriales en el sector agrícola
El informe confirma que los instrumentos sectoriales específicos disponibles en el sector agrícola se están utilizando en beneficio de los agricultores y del sector en general:
- se ha utilizado ampliamente la posibilidad de acordar un mecanismo de reparto del valor de carácter voluntario en el sector del azúcar;
- también se ha recurrido con frecuencia a medidas de estabilización del mercado en el sector vitivinícola;
- y se han establecido medidas de gestión de la oferta para productos con denominaciones de origen protegidas o indicaciones geográficas protegidas en el sector del queso y del jamón.
Contexto
Las conclusiones de la Comisión presentadas en el informe se basan en las contribuciones de las autoridades nacionales de competencia, los Estados miembros y organizaciones privadas, así como en estudios de la Comisión sobre las organizaciones de productores de los sectores del aceite de oliva, los cultivos herbáceos y la carne de vacuno, y sobre las organizaciones interprofesionales.
El informe abarca el período comprendido entre el 1 de enero de 2014 y mediados de 2017, en lo que respecta a las excepciones a las normas de competencia del Reglamento OCM, y entre el 1 de enero de 2012 y mediados de 2017, en cuanto al análisis de las investigaciones en materia de defensa de la competencia.
De conformidad con el artículo 225, letra d), del Reglamento sobre la organización común de mercados («Reglamento OCM»), la Comisión Europea debe presentar al Parlamento Europeo y al Consejo un informe sobre la aplicación de las normas de competencia al sector agrario, en particular sobre el funcionamiento de los artículos 209 y 210, así como de los artículos 169, 170 y 171 del Reglamento OCM. Entre tanto, los artículos 169 a 171 del Reglamento OCM han sido suprimidos por el Reglamento «ómnibus».
El nuevo artículo 152 del Reglamento OCM, introducido en enero de 2018 por el Reglamento «ómnibus», prevé una salvaguardia de la aplicación de las normas de competencia para las organizaciones de productores reconocidas y sus asociaciones.
El documento de trabajo de los servicios de la Comisión que acompaña al informe proporciona información complementaria sobre las excepciones y las investigaciones de defensa de la competencia.
La Red Europea de Competencia publicó en mayo de 2012 un informe sobre la aplicación de la normativa de competencia y las actividades de supervisión del mercado por las autoridades europeas de competencia en el sector alimentario, que describe las investigaciones de defensa de la competencia correspondientes al período 2004-2011.