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La Comisión Europea restringe la participación china en la adquisición de productos sanitarios

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La Comisión Europea decidió excluir a las empresas chinas de las compras de productos sanitarios por parte del Gobierno de la UE que superen los 5 millones de euros. 

Esta medida sigue las conclusiones de la primera investigación en el marco del Instrumento de Contratación Pública Internacional (IPI) y no permite más del 50 % de los insumos de China para las ofertas seleccionadas.

Esta respuesta es proporcional a las barreras de China, garantizando al mismo tiempo que todos los productos sanitarios necesarios estén disponibles para el sistema sanitario de la UE. Se establecerán excepciones cuando no existan proveedores alternativos. Las medidas son coherentes con las obligaciones internacionales de la UE, también en el marco de la OMC, ya que la UE no tiene compromisos vinculantes en materia de contratación pública con respecto a China.

La medida tiene por objeto incentivar a China a poner fin a su discriminación contra las empresas de la UE y los productos sanitarios fabricados en la UE y tratar a las empresas de la UE con la misma apertura que la UE lo hace con las empresas y productos chinos. Esta es una respuesta a la exclusión de larga data de China de los dispositivos médicos fabricados en la UE de los contratos del gobierno chino.

Defender a las empresas de la UE del trato injusto

La contratación pública mundial, por valor de más de 11 billones de euros al año, es una importante oportunidad de negocio para las empresas europeas. El mercado de contratación pública de la UE sigue siendo uno de los más abiertos del mundo. Por ejemplo, las exportaciones chinas de productos sanitarios a la UE se han más que duplicado entre 2015 y 2023.

Al mismo tiempo, China ha erigido importantes y recurrentes barreras legales y administrativas a su mercado de compras: El 87 % de los contratos públicos de productos sanitarios en China estaban sujetos a medidas y prácticas de exclusión y discriminación contra los productos sanitarios fabricados en la UE y los proveedores de la UE, según un informe de la Comisión de 2025. El informe fue el resultado de la primera investigación de la Comisión en virtud del Reglamento IPI, iniciada el 24 de abril de 2024.

La Comisión ha planteado en repetidas ocasiones esta cuestión a las autoridades chinas, buscando una solución constructiva y justa que permita a las empresas de la UE acceder al mercado chino en condiciones comparables a las de las empresas chinas en la UE. A pesar de estos esfuerzos, China no ha ofrecido hasta ahora compromisos específicos que aborden las medidas y prácticas discriminatorias identificadas.

La Comisión sigue comprometida con el diálogo y está dispuesta a intensificar los contactos con las autoridades chinas para hacer frente a esta discriminación. El IPI es, en última instancia, una herramienta para incentivar el cambio positivo y crear un apalancamiento para un acceso más justo. En caso de que China ofrezca soluciones concretas, verificables y satisfactorias que aborden eficazmente las preocupaciones identificadas, el marco del IPI permite la suspensión o retirada de las medidas.

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